Vivir el cristianismo: Los Diez Mandamientos (La protección de la vida humana, 6ª parte)

Enviado por Peter Amsterdam

septiembre 17, 2019

Envejecimiento y muerte, 2

[Living Christianity: The Ten Commandments (Safeguarding Human Life, Part 6). Aging and Death, 2]

(El presente artículo prosigue desarrollando el mismo tema que el anterior, Envejecimiento y muerte, 1. Aborda asuntos de carácter práctico relacionados con la muerte y los momentos que la preceden, además de cómo prepararse para ello.)

Como ya vimos en la primera parte de este artículo, la muerte entró al mundo a causa del pecado de Adán. Por ende, todos a la postre moriremos. La mayor parte de nosotros incluso pasaremos a mejor vida una vez que nuestros cuerpos se hayan debilitado por efecto de la vejez. Si bien no hay nada que podamos hacer para evitar la muerte, sí existen ciertas medidas prácticas que podemos tomar en preparación para nuestra partida de esta vida y el tránsito hacia nuestro galardón celestial.

En este artículo pondremos el foco en dos asuntos prácticos que sería sensato resolver en prevención de la muerte. Estos dos puntos no solo son importantes para los adultos mayores, sino para cualquier adulto, ya que ninguno de nosotros conoce el momento de su partida. Estas líneas versarán sobre la prudencia y la importancia de redactar una directiva médica con respecto a la atención que se recibirá en la etapa terminal de la vida y un testamento o última voluntad.

Una de las principales razones para crear estos dos documentos es librar a tus seres queridos de la carga de tomar decisiones difíciles innecesarias, sean estas a las puertas de la muerte o después de tu fallecimiento.

Directiva médica anticipada para la etapa terminal

Una directiva médica con respecto a la atención en la etapa terminal de la vida, conocida también como testamento vital o directiva anticipada, es un documento que expresa tus deseos médicos en caso de que termines incapacitado y te resulte imposible comunicarte. Esas directivas contribuyen a encauzar las decisiones de los doctores y cuidadores cuando padeces una enfermedad terminal, te encuentras gravemente herido, en estado de coma, en las últimas etapas de demencia o ya próximo al término de tu vida. Poseer dicho documento facilitará las cosas a tus seres queridos, evitándoles el aprieto de tener que tomar decisiones médicas de vida o muerte a nombre tuyo. Le ahorrará a los integrantes de tu familia el posible tormento de tener que decidir qué acciones tomar o los desacuerdos que podrían surgir entre ellos en torno a decisiones con respecto a los cuidados paliativos que recibas en la etapa terminal.

Al mismo tiempo, haber redactado ese documento puede prevenir que te mantengan con vida por medios artificiales cuando tu deseo es estar con el Señor. Igualmente puede evitarle a tu familia tener que desembolsar sumas importantes de dinero para mantenerte con vida cuando quisieras pasar a mejor vida, pero no te hallas en condiciones de expresar tus deseos. No basta con simplemente avisar a otras personas por adelantado acerca de lo que deseas que ocurra contigo en caso de terminar incapacitado. De no estar consignados por escrito en un documento firmado por ti —y en algunos países firmado por otras dos personas no mencionadas en el documento—, puede que el personal médico desestime tus deseos, y el procedimiento habitual en esos casos sea que los servicios médicos opten por mantenerte con vida lo más posible por los medios que sean necesarios. Tener una instrucción anticipada para la etapa terminal de tu vida es el medio legal de dotarte de una voz cuando estés impedido de expresar tus deseos.

En términos generales una directiva médica debería establecer los siguientes puntos:

Reanimación cardiorrespiratoria (RCP). ¿Deseas que te reanimen mediante una maniobra RCP o con un dispositivo que envía una descarga eléctrica para estimular el corazón? ¿O prefieres que no te practiquen reanimación?

Ventilación mecánica. En caso de que no puedas respirar por tu cuenta, ¿quieres que te conecten a un ventilador mecánico? De ser así, ¿por cuánto tiempo deseas que te asistan con ventilador?

Alimentación por sonda. Es posible proporcionar nutrición y líquidos al cuerpo por vía intravenosa o por medio de una sonda nasogástrica. Querrás decidir si deseas someterte a este tratamiento, en qué circunstancias y por cuánto tiempo.

Diálisis. La diálisis es un proceso mediante el cual se extraen las toxinas y el exceso de agua de la sangre en caso de que los riñones no te funcionen ya. Una vez más, querrás determinar si deseas someterte a este tratamiento, en qué circunstancias y por cuánto tiempo.

Medicamentos antibióticos o antivirales. Son sustancias químicas que se emplean para tratar infecciones. Si te aproximas ya al fin de tu vida, ¿deseas que te traten agresivamente las infecciones o prefieres que estas sigan su curso?

Cuidados paliativos. Estos engloban toda una serie de procedimientos que se pueden realizar para brindarte comodidad y aliviar el dolor mientras se respetan tus otros deseos relativos a los tratamientos que recibes. Pueden incluir, entre otras cosas, que se te permita morir en casa, que se te administren medicamentos para el dolor, que te den pedacitos de hielo para mitigar la sequedad de la boca y que se eludan exámenes o tratamientos invasivos.

En la directiva médica que redactes para las etapas terminales de la vida puedes —y probablemente debas— designar a alguien de tu elección para que actúe como tu agente de atención medica en caso de que termines incapacitado. Es importante tomar esta precaución por cuanto resulta imposible prever todas las situaciones que pueden surgir; además, en ciertas instancias quizás haya que emitir un dictamen sobre los que probablemente serían tus deseos. Dicha persona debe ser una en la que puedas que confiar que tomará decisiones acordes a tus deseos y valores. Hará falta que comentes con ella los temas tocantes a la atención médica en la etapa terminal de la vida. Puede ser tu cónyuge, un miembro de tu familia o un amigo cercano.

Otra manera de apoderar a alguien para que actúe en tu nombre, caso de que te veas impedido de dar a conocer tus deseos, es firmar un poder notarial de atención médica en el que autorizas a tu cónyuge o a un pariente o amigo para que tome decisiones médicas de parte tuya.

Aunque no hayas redactado una directiva médica anticipada puedes instruir a tu doctor que deje constancia en tu historial médico de cuáles son tus deseos, como por ejemplo que no quieres una reanimación —orden de no reanimación— o una intubación o ninguna de las dos. Intubar o entubar por lo general significa introducir un tubo respiratorio en la tráquea para proporcionar ventilación mecánica.

Cada país o estado probablemente dispone de leyes distintas con respecto a las directivas médicas para etapas terminales y los poderes notariales de atención médica, por lo que tendrás que investigar lo que sea aceptable legalmente en tu zona.

Última voluntad y testamento

Tener un testamento —o un documento legal de similares características, como un fideicomiso— ofrece varias ventajas, independientemente de si posees muchos o pocos bienes. Sea que tengas dinero en tu cuenta de banco, un auto, una casa o propiedad u otros haberes, es importante dejar un testamento para determinar a quiénes se destinarán esos bienes.

Lo siguiente se basa en información relacionada con testamentos en los Estados Unidos; en otros países las leyes relativas a estos pueden variar. Donde sea que vivas, conviene familiarizarte con las leyes nacionales vigentes en cuanto a testamentos y herencias.

Tener un testamento contribuye a simplificar y agilizar mucho la tramitación de tu sucesión o masa hereditaria —el conjunto de tus haberes— después de tu muerte. Te permite decidir cómo se repartirán tus bienes, ya que a falta de un testamento será el Estado el que tome esa decisión. En caso de que tengas hijos menores de edad, un testamento reviste particular importancia, puesto que en él puedes designar a la persona que tendrá la tutela de tus hijos en el supuesto de que mueran los dos progenitores.

Haber redactado un testamento permite que la persona designada como ejecutor testamentario se haga cargo de cualquier trámite legal que haga falta; por ejemplo, cerrar cuentas bancarias, cancelar subscripciones, liquidar tus bienes, pagar las últimas cuentas o impuestos pendientes, tener acceso a cuentas de correo electrónico u otras cuentas de internet y cancelarlas, etc. (Conviene tener un archivo que contenga tales datos legales y bancarios y las correspondientes contraseñas.) Es posible nombrar un albacea que custodie y dé el correspondiente destino a tus bienes a pesar de que no dispongas de un testamento; no obstante, el testamento permitirá que tus deseos se cumplan con mayor precisión.

Muchas personas rehúyen de preparar un testamento porque no creen que se vayan a morir en un futuro cercano. Sin embargo, la Escritura enseña que nadie sabe el momento de su muerte. Jesús refirió la parábola del necio rico que dijo:

«Derribaré mis graneros y los edificaré más grandes, y allí guardaré todos mis frutos y mis bienes; y diré a mi alma: “Alma, muchos bienes tienes guardados para muchos años; descansa, come, bebe y regocíjate”.» Pero Dios le dijo: «Necio, esta noche vienen a pedirte tu alma, y lo que has guardado, ¿de quién será?»[1]

En el libro de Eclesiastés leemos:

No hay hombre que tenga potestad sobre el aliento de vida para poder conservarlo, ni potestad sobre el día de la muerte[2].

El hombre tampoco conoce su tiempo. Como los peces que son atrapados en la mala red y como los pájaros que quedan presos en la trampa, así son atrapados los hijos del hombre en el tiempo malo, cuando este cae de repente sobre ellos[3].

A continuación presentamos 10 razones para redactar un testamento según FindLaw.com:

1. Tú decides cómo se repartirá tu hacienda o bienes relictos. El testamento es un documento de obligatoriedad jurídica que te permite determinar el manejo que quieres que se haga de tus bienes luego de tu muerte. De morir sin dejar testamento no hay garantía de que tus deseos deliberados se lleven a cabo. Tener un documento que exprese tu última voluntad contribuye a minimizar las rencillas familiares que puedan surgir en torno al destino de tu caudal hereditario. Además determina qué bienes relictos están destinados a quién y cuándo.

2. Tú decides quién se hará cargo de tus hijos menores de edad. Un testamento te permite tomar una decisión fundamentada acerca de quién deberá cuidar de tus hijos menores de edad. En ausencia de un testamento, el tribunal se arrogará el derecho de conceder la tutela a uno de los miembros de la familia o a un tutor nombrado por el Estado. Un testamento te autoriza a designar a la persona que deseas que críe a tus hijos o, mejor aún, te garantiza que no vaya a ser alguien que no quieres que los críe.

3. Evitas un extenso proceso de validación. Contrariamente a lo que se suele creer, todas las sucesiones tienen que pasar por un proceso de validación o legalización, así exista o no testamento. Tener un testamento, sin embargo, agiliza el proceso de validación e informa al tribunal de cómo deseas que se repartan tus bienes relictos. Los tribunales de testamentarías cumplen la finalidad de «administrar tu caudal hereditario», y cuando mueres sin haber dejado testamento —lo que se conoce como morir intestado— el tribunal resuelve cómo se repartirán tus bienes relictos sin tu intervención, lo que a su vez puede causar largas e innecesarias demoras.

4. Reduces impuestos del Estado. Otro motivo por el que conviene hacer un testamento es que te da la posibilidad de reducir tus tributaciones al Estado. El valor de lo que transfieres a integrantes de tu familia o a obras de beneficencia reducirá el valor de tu masa hereditaria cuando llegue el momento de pagar los impuestos al Estado.

5. Tú decides quién liquidará los asuntos de tu hacienda. Los albaceas o ejecutores se cercioran de que tus asuntos estén en orden, entre otros, que tus cuentas queden saldadas, que se den de baja tus tarjetas de crédito y que se informe de tu defunción al banco y a otros organismos comerciales o financieros. Dado que los albaceas desempeñan la función más importante en la administración de tus bienes relictos, querrás asegurarte de nombrar a una persona honrada, digna de confianza y organizada, que puede o no ser integrante de tu familia.

6. Puedes desheredar a determinadas personas que de lo contrario tendrían derecho a herencia. La mayoría de la gente no es consciente de que puede excluir a una persona de su herencia. Dado que los testamentos exponen explícitamente cómo quieres que se repartan tus bienes, en ausencia de un testamento tu caudal hereditario puede acabar en las manos equivocadas o en las manos de personas que no querías que los obtuvieran, como por ejemplo en las de un ex cónyuge con el que tuviste un ingrato divorcio.

7. Puedes hacer regalos y donaciones. La capacidad de hacer regalos es una buena razón para redactar un testamento, toda vez que hace posible que tu legado continúe y sea un reflejo de tus valores e intereses personales. Aparte de eso, los regalos de hasta 13.000 dólares quedan excluidos del impuesto estatal, por lo que además estarás incrementando el valor de tus bienes relictos para el disfrute de tus herederos y beneficiarios. No dejes de revisar las leyes vigentes en el año mismo en que realizas la tramitación y así estar al día de las últimas exenciones de impuestos.

8. Evitas mayores complicaciones legales. De morir sin dejar un testamento, parte de tus bienes o la totalidad de los mismos pueden ser transferidos a alguien al que no tenías intención de legárselos. Por ejemplo, un caso implicó la sucesión de un hijo fallecido al que se le otorgó un millón de dólares a consecuencia de una demanda por homicidio culposo. Al morir el hijo, el padre de este, que llevaba 32 años ausente de la vida de su hijo, heredó la totalidad de sus bienes relictos, ¡dejando a los parientes cercanos y a los vástagos del hijo excluidos de la herencia!

9. Puedes cambiar de parecer si tus condiciones vitales cambian. Un buen motivo para tener un testamento es que puedes cambiarlo en cualquier momento que lo desees mientras sigas con vida. Los virajes de la vida, como los nacimientos, las muertes y un divorcio pueden crear una situación en la que resulte necesario alterar un testamento.

10. Porque el mañana no está garantizado. Dejarlas cosas para después y no querer aceptar la muerte como parte de la vida son motivos comunes para no hacer un testamento. A veces se toma conciencia, ya tarde, de que los testamentos son necesarios, por ejemplo cuando ocurre una muerte o invalidez inesperada. Para evitar tensionar más a familias que ya pasan por un delicado momento emocional quizá sea prudente reunirse con un abogado especialista en testamentos para que te ayude a trazar como mínimo un plan básico de sucesión antes que sea tarde.

La muerte puede asaltarnos en cualquier momento; de ahí lo sensato y amoroso de tomarse el tiempo para redactar una última voluntad con valor legal. Hacerlo es una de esas tareas fáciles de postergar para otro momento más conveniente. No obstante, es mejor invertir tiempo y esfuerzo para preparar un testamento ahora por consideración a tus seres queridos.


Nota

A menos que se indique otra cosa, todos los versículos de la Biblia proceden de las versiones Reina-Valera, revisión de 1995, © Sociedades Bíblicas Unidas, 1995, y Reina Valera Actualizada (RVA-2015), © Editorial Mundo Hispano. Utilizados con permiso.


[1] Lucas 12:18–20.

[2] Eclesiastés 8:8.

[3] Eclesiastés 9:12.

 

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